Si vives en un piso¿Hay que pedir permiso a la comunidad?
En Cataluña puedes hacer obras en tu piso avisando antes a la presidencia o a la administración de la comunidad, siempre que no perjudiquen a los vecinos ni cambien el aspecto exterior del edificio. Lo dice el Código civil de Cataluña (artículo 553-36), que es el que regula aquí las comunidades de vecinos.
La puerta da al rellano, que es de todos. Algunas comunidades piden en sus estatutos un color o un acabado igual por fuera. Pregunta antes de elegir el acabado de fuera y díselo a la empresa cuando vaya a medir.
Si vives de alquiler, pide permiso por escrito al propietario: la Ley de Arrendamientos Urbanos no deja hacer obras que cambien la vivienda sin su consentimiento escrito.